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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
153

Artículo 153 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a juntar a varias dependencias del gobierno para que te sea más fácil participar en reducir los riesgos y mejorar tu colonia o comunidad. Quiere que la gente común, como tú, ayude a prevenir peligros y a recuperar o mejorar los lugares donde vive. No te pide que hagas algo complicado, sino que te invita a sumarte a estas acciones coordinadas.

Texto oficial

Artículo 153. La Secretaría establecerá la coordinación interinstitucional que facilite e incentive la participación de la población en la reducción de los factores de Riesgo, la recuperación y mejoramiento de su entorno.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 54) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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