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Artículo 162 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México tiene que hacer que sus planes de prevención de desastres, desarrollo de la ciudad y cuidado del medio ambiente ayuden a la ciudad a ser más fuerte ante desastres. En palabras simples, la "resiliencia" es la capacidad de la ciudad para prepararse, resistir y recuperarse rápido de cosas como temblores o inundaciones. Así que, todas estas políticas públicas deben incluir medidas para que la ciudad no se desmorone ante una crisis y pueda volver a la normalidad pronto.

Texto oficial

Artículo 162. Las políticas públicas de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de la Ciudad de México, deberán fomentar la Resiliencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.