Artículo 166 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México es un grupo que se encarga de cuidar que la ciudad esté preparada para enfrentar desastres o crisis. Está formado por varias personas: el jefe de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos lo dirige, y también participan los titulares de todas las dependencias del gobierno de la ciudad, un secretario técnico nombrado por el jefe de la Secretaría, el encargado de Comunicación Social de la Jefatura de Gobierno, los alcaldes y un representante de Protección Civil federal, que siempre está invitado. Cada miembro puede mandar a un suplente a las reuniones si no puede ir. Además, el Consejo puede invitar a expertos, académicos, organizaciones internacionales o de la sociedad civil, y personas del sector privado a participar en las pláticas, pero solo para dar su opinión, no para votar.
Texto oficial
Artículo 166. El Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México se integrará por: I. La persona titular de la Secretaría, quien lo presidirá; II. Las personas titulares de las dependencias de la administración pública de la Ciudad de México; III. Una Secretaría Técnica, designada por la persona titular de la Secretaría sin que pueda tener nivel inferior a Director General; IV. La persona titular del Área de Comunicación Social de la Jefatura de Gobierno, quien tendrá la Coordinación Informativa y de Enlace; V. Las Alcaldías; y VI. La persona titular de la Coordinación Nacional de Protección Civil del Gobierno Federal, que tendrá el carácter de invitada permanente; Las personas integrantes del Consejo podrán designar a un suplente, quien asistirá a las sesiones del Consejo de Resiliencia. El Consejo de Resiliencia podrá invitar a representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, autoridades de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México y representantes de organismos internacionales y agencias de cooperación internacional, academia, sociedad civil y sector privado, así como a especialistas con reconocidos méritos y experiencia en materia de Resiliencia; a participar de manera permanente o temporal en sus trabajos, cuando se aborden temas relacionados con su ámbito de competencia u objeto. Las y los invitados intervendrán en las sesiones del Consejo con derecho a voz, pero no de voto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.