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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_6028/193
Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
193

Artículo 193 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a avisar en su página web oficial (portal institucional) sobre las fechas y detalles de los cursos para hacer planes de seguridad interna, planes especiales o estudios de riesgo. Esos cursos son para que aprendas a crear esos documentos. Tienes que estar al pendiente del portal para enterarte de cuándo y cómo tomar las clases. No hay trámite ni costo extra si no se menciona en el aviso.

Texto oficial

Artículo 193. Los cursos para la elaboración de Programas Internos y Programas Especiales, así como de Estudios de Riesgos serán informados previamente en el portal institucional de la Secretaría. Artículo reformado G.O. CDMX 28/04/23

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 64) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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