- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
- Artículo
- 193
Artículo 193 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a avisar en su página web oficial (portal institucional) sobre las fechas y detalles de los cursos para hacer planes de seguridad interna, planes especiales o estudios de riesgo. Esos cursos son para que aprendas a crear esos documentos. Tienes que estar al pendiente del portal para enterarte de cuándo y cómo tomar las clases. No hay trámite ni costo extra si no se menciona en el aviso.
Texto oficial
Artículo 193. Los cursos para la elaboración de Programas Internos y Programas Especiales, así como de Estudios de Riesgos serán informados previamente en el portal institucional de la Secretaría. Artículo reformado G.O. CDMX 28/04/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.