Artículo 209 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad de México es el encargado de incluir en sus planes y presupuestos el dinero necesario para mantener el Fideicomiso del FONADEN. Un fideicomiso es como una "alcancía" o fondo especial administrado por un banco para un fin específico. Ese dinero servirá para que los programas del Sistema puedan funcionar y se cumplan sus metas. Básicamente, la ley obliga al gobierno a destinar recursos para que ese fondo no se quede sin dinero.
Texto oficial
Artículo 209. Corresponde al Gobierno de la Ciudad de México impulsar en sus procesos de planeación y presupuesto, recursos destinados al sostenimiento del Fideicomiso del FONADEN, que permitan el desarrollo de los programas y el cumplimiento de los objetivos del Sistema. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21 TÍTULO OCTAVO DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN, MEDIDAS CAUTELARES Y DE SEGURIDAD, SANCIONES Y RECURSOS CAPÍTULO I DE LA EJECUCIÓN DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN E IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES Y DE SEGURIDAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.