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Artículo 220 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la encargada de avisar a las autoridades (como a la policía o a un juez) cuando alguien haga algo que merezca una denuncia. También puede demandar o presentar las quejas necesarias, siguiendo las leyes que apliquen en cada caso. Además, va a defender los intereses del Sistema en cualquier juicio o proceso donde la llamen a participar. En pocas palabras, su trabajo es reportar lo malo y actuar legalmente para proteger al Sistema.

Texto oficial

Artículo 220. Corresponde a la Secretaría denunciar ante las autoridades competentes las conductas que así lo ameriten, ejercitar las acciones que le correspondan, en términos de la legislación aplicable, y representar los intereses del Sistema en los procesos en los que sea requerido.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 71) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.