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Artículo 78 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 78 simplemente dice que ya no aplica, que fue eliminado legalmente. Una "derogación" significa que esa regla dejó de existir, como cuando borras una regla del juego. Desde el 28 de abril de 2023, ese artículo ya no tiene validez en la Ciudad de México. Así que no tienes que preocuparte por cumplirlo, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 78. Se deroga Artículo derogado G.O. CDMX 28/04/23

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.