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Artículo 7 del REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE HONOR Y JUSTICIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión es un grupo de personas que cuida que las instituciones de seguridad pública (como la policía) actúen con honestidad y buena fama. Este grupo tiene la autoridad para investigar y decidir sobre castigos internos cuando alguien comete una falta, y también para revisar quejas cuando una sanción no parece justa. Sin embargo, no puede intervenir en asuntos de los centros penitenciarios (las cárceles). En pocas palabras, es como un juez interno que se asegura de que todo se haga correctamente dentro de la Secretaría de seguridad, menos en los reclusorios.

Texto oficial

Artículo 7. La Comisión es el Órgano Colegiado que vela por la honorabilidad y reputación de las instituciones de seguridad ciudadana, facultado para conocer y resolver sobre el procedimiento administrativo disciplinario, el recurso de rectificación interpuesto en contra de la imposición de correctivos disciplinarios previstos en la Ley del Sistema y demás procedimientos establecidos en la normativa aplicable a la Secretaría, con excepción de los centros penitenciarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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