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Artículo 8 del REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE HONOR Y JUSTICIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Comisión está formada por un representante de cada una de las siguientes áreas: la Presidencia (elegida por el secretario), la Secretaría Técnica, la Subsecretaría de Operación Policial, la Subsecretaría de Control de Tránsito, la Policía Auxiliar, la Policía Bancaria e Industrial, dos personas del Consejo Ciudadano y dos de organizaciones civiles que se dediquen a temas de seguridad.

Texto oficial

Artículo 8. Conforme a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley del Sistema, la Comisión se integra por una persona representante de las siguientes áreas: I. Presidencia, que será designada por la persona titular de la Secretaría; II. Secretaría Técnica; III. Subsecretaría de Operación Policial; IV. Subsecretaría de Control de Tránsito; V. Policía Auxiliar; VI. Policía Bancaria e Industrial; VII. Dos representantes del Consejo Ciudadano, y VIII. Dos representantes de organizaciones civiles que atiendan temas de seguridad ciudadana.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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