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Artículo 100 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que te puedan aplicar una multa o sanción, las autoridades tienen que seguir todo un proceso que está en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esto significa que deben respetar tu derecho a saber de qué te acusan, a defenderte y a que no te castiguen por algo que no era falta cuando lo hiciste. Es como si antes de que te pongan un castigo, te tienen que dar chance de explicarte y asegurarse de que todo se haga conforme a las reglas.

Texto oficial

Artículo 100. Previo a la aplicación de alguna de las sanciones consideradas en el presente Reglamento, la autoridad competente deberá sustanciar lo señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México cumpliendo las formalidades y principios del procedimiento administrativo, relativo a las garantías de legalidad, seguridad jurídica, audiencia e irretroactividad que deben observarse.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.