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Artículo 17 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que pones un anuncio o una lona en la calle, y para eso necesitas un permiso del gobierno. Según esta regla, si ese permiso ya se te venció y no quitaste tu anuncio dentro del plazo que marca la ley, entonces tu publicidad se vuelve ilegal. Es como si te pasaras de la fecha sin recoger tu lonita o letrero, y por eso ya estás incumpliendo. En pocas palabras: si el papel ya no es válido y el anuncio sigue ahí, estás en falta.

Texto oficial

Artículo 17. Se considerará como un medio publicitario ilegal aquel cuya vigencia de Licencia, Permiso, Autorización o PATR, según corresponda, hubiese vencido, y no haya sido retirado en los términos previstos en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.