Artículo 35 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un letrero comercial (como un anuncio con el nombre de tu negocio), eres responsable de mantenerlo limpio y en buenas condiciones. También debes tener un seguro vigente que cubra cualquier daño que el anuncio pudiera causar a otras personas o sus propiedades. Cuando ya no tengas permiso para tener el anuncio, o si tu negocio cierra o dejas de usar el edificio donde está, tienes que quitarlo por completo.
Texto oficial
Artículo 35. La persona titular de un medio publicitario denominativo deberá: I. Conservar el medio publicitario limpio y en buen estado; II. Contar con póliza vigente de responsabilidad civil por daños a terceros; III. Retirar el medio publicitario cuando se extinga la licencia correspondiente; y IV. Retirar el medio publicitario cuando deje de funcionar el establecimiento mercantil o deje de ocuparse la edificación, según sea el caso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.