Artículo 52 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una licencia o permiso para poner anuncios publicitarios en la Ciudad de México, estás obligado a darle al gobierno el 5% del espacio total de esos anuncios. Eso significa que, de todo lo que exhibes, una parte debe usarse para lo que el gobierno disponga. Si tus anuncios son en pantallas digitales, en lugar del 5% tienes que dar el 15% del espacio. Es como una especie de "renta" que pagas con espacio publicitario, no con dinero.
Texto oficial
Artículo 52. Las personas titulares de Licencia, Permisos, Autorizaciones o PATR de medios publicitarios deberán otorgar a favor del Gobierno de la Ciudad de México el 5% del total de la exhibición de dichos medios; para los que cuenten con pantallas digitales, este porcentaje será del 15%.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.