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Artículo 69 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir una licencia o permiso para un anuncio publicitario, tienes que entregar varios documentos: tu nombre, domicilio, copia de tu INE (o pasaporte o cédula profesional), y si es una empresa, las escrituras que muestren que existe legalmente y quién la representa. También debes dar una dirección de correo para que te avisen cualquier cosa, la ubicación exacta del anuncio, de qué tipo es, sus medidas, y por cuánto tiempo lo pondrás. Si el anuncio es para un evento cultural o cívico, añade la fecha y las calles donde lo instalarás. Además necesitas una copia del carnet del Director Responsable de Obra, un seguro por daños a terceros (excepto para letreros con solo el nombre del negocio), el comprobante de pago de derechos, un expediente técnico del anuncio, y la firma del Director de Obra. Si no entregas el recibo de pago al inicio, la Secretaría te pedirá que lo lleves después; si no lo haces, cancelan tu trámite. Todo debe ir firmado a mano y también en formato digital.

Texto oficial

Artículo 69. La solicitud para el otorgamiento de Licencias, Permisos o Autorizaciones, para medios publicitarios según corresponda, deberá contener: I. Nombre o denominación y domicilio de la persona solicitante; II. Copia simple de la credencial para votar vigente, pasaporte o cédula profesional del solicitante y, en su caso, del representante cuando se trate de personas morales; III. Cuando el solicitante sea una persona moral, copia certificada de la escritura pública que acredite su constitución y copia certificada de la escritura pública que acredite la designación de su representante; IV. Domicilio y dirección electrónica para oír y recibir notificaciones; V. Datos de ubicación del medio publicitario; VI. Tipo de medio publicitario; VII. Dimensiones; VIII. Temporalidad del medio publicitario; IX. Tratándose de información cívico y cultural, fecha de instalación, duración del evento, nombre y ubicación de las vías públicas donde se pretendan instalar los medios publicitarios; X. Copia del carnet vigente con resello anual y correo electrónico del Director Responsable de Obra y, en su caso, de cada corresponsable; XI. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, a excepción de los medios publicitarios denominativos rotulados; XII. Copia simple del recibo de pago de derechos por el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización de que se trate, de conformidad con lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México dependiendo de las características físicas y técnicas del medio publicitario que se pretenda instalar; XIII. Expediente técnico del medio publicitario, integrado por los documentos que para cada tipo de medio publicitario determine el presente Reglamento; y XIV. Firma del Director Responsable de Obra o Corresponsable en Seguridad Estructural, según sea el caso. Tratándose de medios publicitarios denominativos masivos se deberá ingresar una sola solicitud. La documentación señalada en el presente artículo deberá contener la firma autógrafa de la persona solicitante y exhibirse además en formato electrónico. La Secretaría continuará con la tramitación de las solicitudes de Licencia aún en los supuestos en los que no se haya presentado el recibo de pago de derechos, pero emitirá una prevención a la persona promovente previo a la emisión de la Licencia para que exhiba el recibo correspondiente. En los casos en los que no se atienda la prevención se dará por concluido el trámite.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.