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Artículo 72 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas son responsables solidarias de un daño, significa que cualquiera de ellas puede pagar todo el importe, aunque luego arreglen cuentas entre sí. Este artículo dice que, si un medio de publicidad (como un anuncio en redes, TV o cartel) perjudica a alguien más, todos los que firmaron como responsables tienen que cubrir ese daño. Es como cuando pides un préstamo con un aval: si tú no pagas, el banco le cobra todo a tu aval, sin repartir deudas. O sea, el afectado puede reclamar el monto completo a cualquier responsable solidario, no tiene que cobrarle a cada uno por partes.

Texto oficial

Artículo 72. Las personas responsables solidarias serán responsables por los daños que cualquier medio o medios publicitarios causen a terceras personas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.