- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
- Artículo
- 130
Artículo 130 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser perito responsable de explotar yacimientos necesitas tres cosas: tener título profesional de carreras como ingeniero civil, geólogo o arquitecto, entre otras; pasar un examen de la materia; y comprobar con documentos que tienes al menos 3 años de experiencia en el área. Esto asegura que solo gente preparada y con práctica pueda encargarse de estos trabajos.
Texto oficial
Artículo 130. Para ser perito responsable de la explotación de yacimientos se requiere: I. Tener cédula profesional para ejercer una de las siguientes profesiones: ingeniero civil, en minas, geólogo, topógrafo, ingeniero arquitecto, arquitecto, geógrafo, urbanista, planificador territorial o diseñador en asentamientos humanos; II. Aprobar la evaluación en la materia; y III. Acreditar documentalmente una experiencia mínima de 3 años en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.