Artículo 139 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir o renovar una licencia que te permita sacar piedras, grava o arena de un terreno (yacimientos pétreos), tienes que presentar una solicitud bien firmada y con todos los datos que te piden. Además, siempre debes incluir los siguientes documentos: tu nombre o el de tu empresa con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), una copia de tu identificación oficial (como la credencial de elector o el pasaporte), un domicilio en la Ciudad de México para recibir avisos, la dirección del terreno, el último recibo del predial y el comprobante de pago de la licencia. Si es la primera vez que la solicitas, también tienes que anexar el título de propiedad del terreno, la cédula del perito que te asesora, un poder para que ese perito te represente, un certificado de uso de suelo, un libro de bitácora para que lo autoricen, un permiso de impacto ambiental, un plano topográfico con una franja de protección de 40 metros y una foto aérea del predio.
Texto oficial
Artículo 139. La solicitud de expedición o revalidación de licencia de explotación de yacimientos pétreos debe estar debidamente firmada, contener todos los datos requeridos para esos efectos y debe anexarse a la misma los documentos siguientes: I. En todos los casos: a) Nombre, denominación o razón social del o los solicitantes y, en su caso, del representante legal, señalando su Registro Federal de Contribuyentes. Cuando sean varios solicitantes, designarán un representante común. Tratándose de personas morales, éstas deben estar constituidas de acuerdo a las leyes mexicanas y su objeto social estar relacionado con la explotación de yacimientos pétreos; b) Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente con fotografía del propietario y/o representante legal (credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional, licencia para conducir, pasaporte, cédula profesional o forma migratoria FM2 o credencial de inmigrado); c) Domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, teléfono y correo electrónico; d) Domicilio del inmueble a que se refiera la solicitud; e) Boleta predial del bimestre anterior a la fecha de solicitud; y f) Recibo de pago por la expedición de la licencia o revalidación, de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México, para el ejercicio solicitado. II. En el caso de expedición de Licencia, además de lo indicado en la fracción anterior deberá anexar: a) Título de propiedad o instrumento por el cual se acredite el derecho para utilizar el predio que solicita explotar, signada tanto por el solicitante como por el perito responsable y, en su caso, por el propietario del predio; b) Copia del carnet de registro vigente del perito; c) Copia certificada del poder otorgado al Perito Responsable de la Explotación de Yacimiento Pétreo para que lo represente ante el Gobierno de la Ciudad de México en todo lo relacionado con la explotación del yacimiento para el cual hubiera otorgado su responsiva profesional; d) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo; e) Libro de Bitácora para su autorización; f) Manifestación de impacto ambiental en su modalidad específica, debidamente autorizada por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México; g) Plano topográfico impreso y digital escala 1:1000, con curvas de nivel a cada metro, señalando una franja de protección de 40 metros de ancho mínimo alrededor de la zona de explotación, en la que únicamente se proyectarán las instalaciones y edificaciones de carácter técnico o administrativo necesarias para la explotación del yacimiento; h) Ortofoto impresa y digital en dos copias a escala 1:2000 que circunscriba el predio en cuestión en dos veces su superficie. En la misma ortofoto se indicarán con precisión los linderos del predio, las líneas de telecomunicación, de conducción, caminos, ríos, arroyos y brechas que atraviesen por el terreno fotografiado y la zona de protección a la que se refiere el plano topográfico; i) Estudio estratigráfico del terreno donde se ubica el yacimiento, agregando información sobre las propiedades físicas, espesores, volúmenes de los materiales, capas geológicas y consideraciones técnicas que, a partir del estudio estratigráfico, apoyen la tecnología de explotación; j) Memoria descriptiva de la tecnología que se aplicará en la explotación, la que deberá incluir el proceso y método de explotación, las especificaciones de producción; los recursos que se utilizarán (equipo, maquinaria, herramientas, personal técnico, obrero y administrativo), los proyectos de las obras principales y auxiliares, y las medidas de seguridad que se adoptarán para prevenir accidentes de trabajo, daños y perjuicios a terceras personas o a terrenos e instalaciones adyacentes; y k) Proyecto de explotación donde se indiquen los volúmenes totales del predio susceptibles de explotarse, número de etapas indicando el volumen de material que se pretende extraer cada año, presentando además planos de cortes transversales equidistantes cada 10 metros, a manera de retícula por etapa. III. En el caso de revalidación de Licencia, además de lo indicado en las fracciones I y II de este artículo deberá anexar: a) Comprobante del pago correspondiente, según lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México; b) Copia del carnet vigente del perito; c) Copia del libro de bitácora del ejercicio anterior y el original para su cotejo; d) Libro de bitácora nuevo para su autorización; e) Plano topográfico impreso y digital escala 1:1000, con curvas de nivel a cada metro, correspondiente a la zona explotada en el ejercicio anterior y la que se pretende explotar; y f) Ortofoto impresa y digital en dos copias, escala 1:2000, que circunscriba el predio en cuestión en dos veces su superficie. TÍTULO CUARTO DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS CAPÍTULO I DE LA EJECUCIÓN
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