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Artículo 168 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si sacas una licencia de relotificación, tienes derecho a hacer las fusiones o subdivisiones de terrenos que necesites para tu proyecto, sin tener que tramitar otra licencia para cada una. Esta licencia dura tres años y la puedes renovar ante la Alcaldía hasta dos veces, siempre que avises dentro de los 15 días antes de que se venza. Cada vez que la renueves, la licencia durará un año más desde que presentas el aviso, y la Alcaldía le avisará a la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 168. El otorgamiento de la licencia de relotificación comprende el derecho de realizar las fusiones y subdivisiones que sean necesarias para el proyecto sin necesidad de tramitar las licencias respectivas. Esta licencia tendrá una vigencia de tres años. Podrá ser revalidada ante el Órgano Político Administrativo hasta por dos ocasiones, mediante Aviso presentado dentro de los 15 días anteriores al vencimiento de la licencia. Su vigencia será un año a partir de la presentación de dicho Aviso, para ser debidamente protocolizada. La Alcaldía informará a la Secretaría de cada revalidación que se presente. CAPÍTULO III SECCIÓN ÚNICA DE LA EXPEDICIÓN DE LAS LICENCIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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