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Artículo 175 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te multen por no cumplir con lo que dice la ley o el reglamento, las autoridades van a fijarse en tres cosas para decidir cuánto te toca pagar. Primero, qué tan seria fue tu falta. Segundo, cuánto dinero tienes, para que la multa no sea imposible de pagar. Y tercero, si ya te han multado antes por lo mismo, porque eso cuenta como reincidencia. Una falta grave es cuando lo que hiciste está tipificado como tal en la ley, es decir, que ya está considerado como algo muy severo desde antes.

Texto oficial

Artículo 175. Para la imposición de las sanciones por infracciones a la Ley o a este Reglamento y demás disposiciones que de estos emanen, se tomará en cuenta para su valoración: I. La gravedad de la infracción; II. Las condiciones económicas del infractor; y III. La reincidencia. Para efectos de este artículo, se entenderá como infracción grave cuando el acto violatorio realizado encuadre en el supuesto previsto en el

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

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