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Artículo 187 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a castigar a los auxiliares de la Administración Pública de la Ciudad de México, pero solo a través de su Dirección General de Administración Urbana y después de seguir un procedimiento formal. Esto significa que no pueden aplicar una sanción de inmediato, primero deben investigar y darle chance al acusado de defenderse. Los auxiliares son todas las personas o empresas que ayudan al gobierno, como verificadores o peritos. La "sustanciación del procedimiento" es el trámite completo donde se revisan pruebas y se escuchan argumentos.

Texto oficial

Artículo 187. La sanción a los Auxiliares de la Administración Pública de la Ciudad de México la realizará la Secretaría a través de su Dirección General de Administración Urbana previo a la sustanciación del procedimiento respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

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