Artículo 32 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay reglas distintas para usar un mismo terreno o construcción y se contradicen, se aplica la más específica. Primero cuentan las normas que le pongan al predio en lo individual por orden de un juez o autoridad. Luego las que aplican a toda la colonia, después las de zonas parecidas, luego las del área general del programa urbano, y al final las reglas sobre calles y avenidas.
Texto oficial
Artículo 32. Cuando los Programas establezcan diversas normas de zonificación y ordenación sobre un mismo inmueble y éstas sean contradictorias en algún aspecto, se aplicará la norma más específica, conforme a los siguientes criterios de prelación: I. Normas particulares por predio, asignadas exclusivamente a través de una resolución administrativa y/o judicial; II. Normas particulares por colonia; III. Normas que determinen la zonificación por áreas homogéneas; IV. Normas particulares por área de aplicación de los Programas; y V. Normas de Ordenación sobre vialidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.