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Artículo 32 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay reglas distintas para usar un mismo terreno o construcción y se contradicen, se aplica la más específica. Primero cuentan las normas que le pongan al predio en lo individual por orden de un juez o autoridad. Luego las que aplican a toda la colonia, después las de zonas parecidas, luego las del área general del programa urbano, y al final las reglas sobre calles y avenidas.

Texto oficial

Artículo 32. Cuando los Programas establezcan diversas normas de zonificación y ordenación sobre un mismo inmueble y éstas sean contradictorias en algún aspecto, se aplicará la norma más específica, conforme a los siguientes criterios de prelación: I. Normas particulares por predio, asignadas exclusivamente a través de una resolución administrativa y/o judicial; II. Normas particulares por colonia; III. Normas que determinen la zonificación por áreas homogéneas; IV. Normas particulares por área de aplicación de los Programas; y V. Normas de Ordenación sobre vialidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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