Artículo 54 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 54 habla de cómo puedes "comprar" más espacio para construir en un terreno. La primera opción es aumentar los metros cuadrados que ya tienes permitidos, pero siempre respetando los usos de suelo que ya están definidos para esa zona, como si te dejaran construir más pisos, pero no cambiar el tipo de construcción. La segunda opción es usar el espacio que antes debías dejar libre (como patios o áreas verdes) para construir más, aumentando el porcentaje de terreno que puedes ocupar con tu edificio. En pocas palabras, es un permiso para construir más de lo que normalmente te dejarían, pero sin pasarte de las reglas de tu colonia.
Texto oficial
Artículo 54. Las operaciones de transferencia de potencial de desarrollo urbano consisten en: I. El incremento de metros cuadrados de construcción para aumentar niveles, sujetándose siempre a los usos del suelo y densidad de población determinadas en la zonificación secundaria establecida por el Programa donde se localiza el predio receptor; y II. El aprovechamiento del porcentaje de área libre determinada por la zonificación vigente para el predio receptor, incrementando el Coeficiente de Ocupación del Suelo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.