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Artículo 73 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría encargada de cuidar el patrimonio cultural de la Ciudad de México va a invitar a participar a juntas de vecinos, comités, organizaciones de la sociedad civil y cualquier grupo o persona que esté interesada en proteger, mejorar y recuperar los edificios, plazas o lugares históricos de la ciudad. También pueden participar institutos, colegios de profesionistas y patronatos que tengan el mismo objetivo. Todo esto es para que los ciudadanos ayuden a defender el patrimonio cultural urbano, es decir, las construcciones y espacios que forman parte de la historia de la capital.

Texto oficial

Artículo 73. La Secretaría promoverá la participación de institutos, juntas, órganos de representación ciudadana y vecinos interesados, organismos de la sociedad civil, comités, colegios, patronatos u organismos que tengan como fin o interés la defensa, protección, acrecentamiento y recuperación del patrimonio cultural urbano de la Ciudad de México. SECCIÓN CUARTA DE LOS CATÁLOGOS DEL PATRIMONIO CULTURAL URBANO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

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