Artículo 74 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los catálogos son como un expediente detallado donde se enlistan y describen los edificios, monumentos o espacios que forman parte del patrimonio cultural de la Ciudad de México. En estos documentos se anota dónde están, cómo son, su valor histórico y su estado actual, para que los expertos puedan decidir si se pueden modificar o necesitan protección oficial. Básicamente, sirven para tener toda la información técnica necesaria cuando alguien quiera hacer cambios en esos lugares. Es como el "libro de instrucciones" que usan las autoridades para saber si algo merece ser declarado patrimonio cultural.
Texto oficial
Artículo 74. Los catálogos son los documentos de análisis técnico mediante los cuales se relacionan, ubican, identifican, valoran y registran los elementos afectos al patrimonio cultural urbano de la Ciudad de México, que tienen por objeto aportar la información técnica, urbanística, histórica y documental que sirva de soporte a los dictámenes de intervención y expedientes técnicos de las declaratorias de patrimonio cultural urbano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.