Artículo 76 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La declaratoria es cuando el gobierno de la Ciudad de México decide oficialmente que un edificio, una escultura en la calle, un parque o cualquier espacio abierto que sea parte del patrimonio cultural de la ciudad, debe cuidarse bajo reglas especiales para protegerlo y restaurarlo, para que todos lo podamos disfrutar. En ese documento, se explican las leyes que lo justifican, las características del lugar (como su valor arquitectónico o cultural), las opiniones de expertos y las medidas para cuidarlo. Para prepararlo, la Secretaría correspondiente hace un expediente técnico con fotos, planos e investigaciones, y puede pedir ayuda a instituciones públicas o privadas especializadas.
Texto oficial
Artículo 76. La declaratoria es el acto por medio del cual la autoridad competente de la Ciudad de México, determina que un bien inmueble, obra escultórica en espacio público, zona o espacio abierto, afecto al patrimonio cultural urbano, ubicado en suelo urbano o en suelo de conservación, queda sujeto a normas específicas locales, con objeto de protegerlo, conservarlo y restaurarlo, en beneficio del disfrute de la colectividad. Las Declaratorias de un bien afecto al Patrimonio Cultural Urbano, indicarán las disposiciones legales en las que se fundamenta, las características del bien, considerados urbanos, arquitectónicos y culturales, referencias de valoración emitidas por instancias competentes, según el bien del que se trate, criterios de protección y áreas involucradas en su aplicación. La Secretaría elaborará el expediente técnico referente a la investigación, análisis y revisión de los documentos gráficos y monográficos necesarios para emitir la declaratoria, pudiendo contar con la asesoría y apoyo de instituciones y órganos administrativos públicos o privados especializados en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.