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Artículo 77 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un lugar o edificio importante para la cultura de México es declarado como patrimonio protegido, pasan tres cosas. Primero, el gobierno se pone de tu lado para cuidarlo y evitar que lo dañen o destruyan. Segundo, se junta la obligación de mantener su estilo original, su belleza y su valor histórico o artístico. Y tercero, puedes conseguir descuentos o beneficios en impuestos, si es que los autorizan las leyes correspondientes.

Texto oficial

Artículo 77. Los efectos de la declaratoria son: I. La tutela de la autoridad para su protección; II. La conservación histórica, estética, artística, urbanística y arquitectónica; y III. La obtención de los beneficios fiscales, que al respecto se autoricen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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