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Artículo 79 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres construir un conjunto habitacional (varias casas o edificios en un terreno) y necesitas un permiso de impacto urbano o ambiental, debes separar un pedazo del terreno para usos y servicios complementarios, como áreas verdes, tiendas o espacios comunes. Ese pedazo lo tienes que autorizar con la Secretaría, y como dueño del proyecto lo puedes vender. El espacio que apartes para esos servicios no puede ser menor al 3% del terreno total si el predio mide hasta 5,000 metros cuadrados, o al 5% si es más grande. Si ese espacio excede el 10% del terreno, tienes que asegurar que solo se usará para lo que necesitan los vecinos del proyecto. Además, si el área de servicios es solo para quienes viven adentro del desarrollo, no la cuentan para el cálculo de cajones de estacionamiento que exige el reglamento.

Texto oficial

Artículo 79. Los interesados en llevar a cabo proyectos de conjuntos habitacionales que requieran obtener dictamen de estudio de impacto urbano o impacto urbano ambiental, deberán destinar el área correspondiente para usos y servicios complementarios, que tendrán que ser autorizados por la Secretaría, el área destinada para estos efectos podrá comercializarla el promovente. La superficie que se destine a usos y servicios complementarios referidos, no podrá ser inferior al tres por ciento de la superficie total en predios de hasta 5,000 m2 y del cinco por ciento en predios mayores de 5,000 m2, en caso de rebasar el diez por ciento de la superficie se deberá garantizar que es para uso interno del desarrollo. El área de usos y servicios complementarios que sean de uso exclusivo para el interior del proyecto no cuantificará para el cálculo reglamentario de estacionamientos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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