Artículo 96 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te den un dictamen que dice que tu proyecto no daña la ciudad ni el ambiente, tienes 15 días hábiles para publicarlo completo en un periódico de los más leídos en la Ciudad de México. Después de publicarlo, tienes 30 días para llevar a la Secretaría una copia del periódico donde salió, para que lo agreguen a tu expediente. Si no lo publicas, el dictamen se cancela automáticamente, sin necesidad de que un juez lo diga. Si sí lo publicaste pero no entregaste el periódico a la Secretaría, te van a dar una sola oportunidad para que lo lleves; si no lo haces a tiempo, se considera que nunca lo publicaste.
Texto oficial
Artículo 96. El interesado deberá publicar en uno de los diarios de mayor circulación en la Ciudad de México el contenido íntegro del dictamen de estudio de impacto urbano positivo o dictamen de impacto urbano ambiental positivo dentro de los 15 días hábiles posteriores a su recepción. Asimismo, dentro de los 30 días siguientes a la publicación, deberá ingresar ante la Secretaría un ejemplar del original de la publicación para ser glosado al expediente. En caso de no cumplir con la publicación el dictamen del estudio de impacto urbano positivo o impacto urbano ambiental positivo se extinguirá y no producirá efectos de pleno derecho sin necesidad de declaración judicial. Para el caso que se haya llevado a cabo la publicación pero no se presente el original ante la Secretaría, se prevendrá al interesado por única ocasión; en caso que no sea desahogada la prevención en tiempo y forma se tendrá por no realizada la publicación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.