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Artículo 13 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene hasta 90 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para revisar tu solicitud de registro. Este plazo empieza a correr desde que ellos reciben todos tus documentos. Cuando ya tengan una respuesta, te la van a notificar por medio del Sistema. Esa notificación la recibirá la persona que esté como representante o responsable del ECI.

Texto oficial

Artículo 13. La Secretaría resolverá sobre la procedencia de la solicitud de registro en un plazo no mayor a 90 días hábiles contados a partir de la recepción de los documentos y notificará la resolución correspondiente a la persona representante o responsable del ECI, a través del Sistema.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.