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Artículo 14 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión debe ponerse de acuerdo con la Comisión Ambiental de la Megalópolis para usar mejor los recursos y trabajar en equipo con los estados y municipios que están cerca de la Ciudad de México. Esto ayuda a que todos hagan más con menos gasto y esfuerzo. En pocas palabras, busca que no trabajen cada quien por su lado, sino juntos para cuidar el medio ambiente y enfrentar el cambio climático.

Texto oficial

Artículo 14. La Comisión deberá coordinarse con la Comisión Ambiental de la Megalópolis para aprovechar y maximizar el uso de recursos y coordinación con las entidades federativas y municipios conurbados de la Ciudad de México. TÍTULO TERCERO LA POLÍTICA ESTATAL EN MATERIA DE CAMBIO CLIMÁTICO CAPÍTULO I PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA ESTATAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.