- Ley
- LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La política de la Ciudad de México contra el cambio climático debe enfocarse en dos cosas: bajar los gases que causan el calentamiento global (como el CO₂) y aumentar la forma en que la naturaleza atrapa y guarda el carbono (por ejemplo, con árboles o suelos sanos). Básicamente, se trata de contaminar menos y de ayudar a que el ambiente pueda limpiar lo que ya está ahí.
Texto oficial
Artículo 20. La Política de la Ciudad de México en materia de mitigación del cambio climático ha de orientarse a la reducción de CyGEI y el aumento de la captura de carbono en sumideros y reservorios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.