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Artículo 48 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Programas de las Alcaldías son como los planes que cada alcaldía de la CDMX usa para actuar contra el cambio climático a corto plazo, pero pensando también en el futuro a largo plazo. Estos planes deben seguir lo que dice la Estrategia Local, que es el plan general de la ciudad para enfrentar este problema. En pocas palabras, cada alcaldía tiene que hacer su propio programa para cuidar el medio ambiente, pero siempre alineado con las reglas y objetivos de toda la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 48. Los Programas de las Alcaldías son el instrumento programático rector de corto plazo de la política de cambio climático en cada una de las demarcaciones de la Ciudad de México, con proyecciones de largo plazo, de acuerdo con la Estrategia Local.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.