- Ley
- LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 99
Artículo 99 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría y la Comisión se pondrán de acuerdo con universidades y escuelas para crear y compartir información sobre el cambio climático en la Ciudad de México. También se encargarán de dar a conocer esos datos para que la gente entienda mejor el tema.
Texto oficial
Artículo 99. La Secretaría y la Comisión colaborarán con el sector académico para la generación de información y conocimiento sobre cambio climático en la Ciudad de México, así como su difusión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.