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Ley
LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
99

Artículo 99 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y la Comisión se pondrán de acuerdo con universidades y escuelas para crear y compartir información sobre el cambio climático en la Ciudad de México. También se encargarán de dar a conocer esos datos para que la gente entienda mejor el tema.

Texto oficial

Artículo 99. La Secretaría y la Comisión colaborarán con el sector académico para la generación de información y conocimiento sobre cambio climático en la Ciudad de México, así como su difusión.

Ver texto oficial de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 21) ↗

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