Artículo 3 del REGLAMENTO PARA ESTABLECER LAS SUPLENCIAS EN LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay alguna parte de este reglamento que no se entienda o surja un caso que no esté contemplado, la decisión final la tomará la persona que esté al frente de la Coordinación General Jurídica y de Derechos Humanos. Esa persona es la única que puede aclarar cómo aplicar las reglas o resolver situaciones que no estén escritas.
Texto oficial
Artículo 3. La interpretación del presente reglamento, así como la resolución de los casos no previstos, será resuelto por la persona titular de la Coordinación General Jurídica y de Derechos Humanos. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA SUPLENCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA FISCALÍA GENERAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.