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Artículo 5 de la LEY DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Ciudad de México está formada por personas de muchas lenguas, etnias (grupos con una misma cultura u origen) y culturas diferentes. Esto incluye a los pueblos y barrios que han existido desde antes, a las comunidades indígenas que viven aquí, y también a la gente que llega o se va de la ciudad, tanto de México como de otros países. La ciudad se guía por la "interculturalidad", que significa que todos estos grupos deben convivir con respeto, sin que nadie esté por encima de otro, con la misma dignidad y los mismos derechos. En pocas palabras, se reconoce y valora la diversidad de quienes viven, pasan o regresan a la capital.

Texto oficial

Artículo 5. Condición intercultural, pluriétnica, plurilingüe y pluricultural de la Ciudad de México La Ciudad tiene una composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes, los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en su territorio y en las comunidades indígenas residentes; se enriquece con el tránsito, destino y retorno de la migración nacional e internacional y se rige por el principio rector de interculturalidad, para construir una convivencia entre pueblos y culturas en igualdad de dignidad y derechos. Capítulo II. De los titulares de derechos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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