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Artículo 47 de la LEY DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en una institución y manejas dinero de la institución, tienes la obligación de dar una garantía a su favor. Esa garantía es como un seguro que se llama "fianza", y su valor lo decide el Patronato (el grupo que administra la institución) según cuánto dinero te hayan encargado. La fianza sirve para proteger a la institución en caso de que algo le pase a los fondos que cuidas. En pocas palabras, si manejas lana, tienes que asegurarla.

Texto oficial

Artículo 47.- Los empleados de las instituciones, que manejen fondos, estarán obligados a constituir fianza a favor de éstas, por el monto que determine el Patronato en proporción a la cuantía de los recursos que se dejen a su cargo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.