- Ley
- LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 22 Bis
Artículo 22 Bis de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto es el encargado de que se cumplan a rajatabla los derechos culturales de todas las personas. Su chamba es promoverlos, darlos a conocer, asegurarse de que se respeten, protegerlos y garantizar que nadie te los quite. Básicamente, es como el 'policía' que vigila que tu derecho a la cultura no se violente.
Texto oficial
ARTÍCULO 22 Bis.- El Instituto tendrá a su cargo la puntual observancia de los derechos culturales, y estará facultado para su promoción, difusión, respeto, protección y garantía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.