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Artículo 27 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a hacer que todas las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México, al tomar decisiones o actuar, tomen en cuenta los derechos culturales de la gente. Es decir, deben seguir unas reglas básicas para interpretar la ley de manera que protejan y fomenten la cultura. Básicamente, ninguna autoridad puede ignorar cómo sus acciones afectan las costumbres, tradiciones o el acceso a la cultura de los ciudadanos.

Texto oficial

ARTÍCULO 27.-El Instituto promoverá que en la actuación de las autoridades administrativas del Gobierno de la Ciudad de México se apliquen los criterios generales de interpretación y principios de los derechos culturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.