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Artículo 28 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que funge como Secretaria Técnica de una Comisión tiene varias tareas y responsabilidades: 1. **Coordinar** la relación de la Comisión con empresas, gobierno y organizaciones de la sociedad. 2. **Supervisar** todo lo necesario para que las reuniones de la Comisión se lleven a cabo correctamente. 3. **Recibir** las propuestas de temas que se van a tratar en las reuniones y **presentarlas** al jefe de la Comisión para que él las autorice. 4. **Hacer la invitación** para las reuniones, pero solo después de que el jefe de la Comisión esté de acuerdo, siguiendo las reglas establecidas. 5. **Llevar el control** de quiénes asisten a las reuniones. 6. **Mantener un registro** de los miembros de la Comisión, sus asesores externos y los suplentes. 7. **Contar los votos** cuando se toman decisiones y dejar constancia de los resultados. 8. **Escribir las actas** de cada reunión, resumiendo lo que se trató y acordó. 9. **Dar seguimiento** a los acuerdos que se tomen y registrarlos. 10. **Participar en las reuniones** con derecho a opinar y a votar. 11. **Cumplir** con otras obligaciones que vengan en otras leyes o reglamentos. 12. **Realizar** tareas similares que sean necesarias para que funcione bien su puesto.

Texto oficial

Artículo 28.- La persona Secretaria Técnica de cada Comisión tiene las siguientes obligaciones y facultades: a) Coordinar la relación de la Comisión con los sectores público, privado y social; b) Supervisar los servicios relacionados con la celebración de las sesiones de la Comisión; c) Recibir y someter a autorización del Titular de la Comisión las propuestas de asuntos a tratar en el orden del día; d) Emitir, previo acuerdo con la persona Titular de la Comisión, en términos de lo previsto en el Reglamento, la convocatoria para las sesiones; e) Llevar el control de asistencia de la Comisión; f) Llevar el control de integrantes y asesorías externas de la Comisión así como el de sus suplentes; g) Realizar y registrar el conteo de la votación de los Acuerdos; h) Levantar las actas de las sesiones de la Comisión; i) Llevar a cabo el registro y el seguimiento de los Acuerdos de la Comisión; j) Participar en las sesiones de la Comisión con derecho a voz y voto; k) Las demás previstas en otras leyes o reglamentos; y l) Las demás análogas al cumplimiento de sus funciones. TÍTULO CUARTO Del Fondo para el Desarrollo Económico, Social y Ambiental de la Ciudad de México CAPÍTULO ÚNICO De la administración y ejercicio de los recursos del Consejo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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