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Ley
LEY ORGÁNICA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY ORGÁNICA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Suprema Corte declara que una norma local (una ley de tu estado) es inconstitucional, esa ley deja de aplicarse para todos, no solo para quien la impugnó. Eso pasa solo si al menos 5 ministros votan a favor de anularla. Es como si la ley nunca hubiera existido para nadie en todo el estado.

Texto oficial

Artículo 34.- La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá efectos generales de invalidez respecto de la norma local impugnada o parte de ella, cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos cinco votos. Capítulo II De la Jurisprudencia

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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