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Artículo 6 de la LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS MAYORES, RESIDENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres servidor público y tienes la obligación de aplicar esta ley, debes tratar a todas las personas por igual y sin favoritismos. Si no lo haces, cometes una falta muy seria y te van a castigar conforme a las reglas que ya existen. Es decir, te pueden llamar la atención, suspender o hasta despedir, dependiendo de lo que digan otras leyes.

Texto oficial

Artículo 6.- Las personas servidoras públicas, responsables de la ejecución de esta Ley, que no cumplan con la obligación de actuar con apego a los principios de igualdad e imparcialidad, incurrirán en falta grave y serán sancionadas conforme a los ordenamientos legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.