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Artículo 6 de la LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS EN LA CIUDAD DE MÈXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Jefe de Gobierno tiene la obligación de hacer y promover campañas para que la gente se entere del programa de aparatos auditivos gratis, usando la tele, el radio o internet. También debe publicar el reglamento de esta ley, que son las reglas para que funcione bien. Además, tiene que cumplir con cualquier otra responsabilidad que le pongan otras leyes relacionadas. En pocas palabras, el artículo dice qué debe hacer el Jefe de Gobierno para que el programa funcione y la gente lo conozca.

Texto oficial

Artículo 6.- Corresponde al Jefe de Gobierno: I. Realizar y fomentar campañas de difusión del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos para las personas de la Ciudad de México, en los medios masivos de comunicación; II. Expedir el reglamento de la presente Ley; y III. Las demás que le atribuyan expresamente las Leyes y ordenamientos jurídicos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.