Artículo 31 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Consejos de las Alcaldías tienen que entregar su plan de trabajo cada año en la primera reunión oficial. Ese plan debe incluir nueve puntos clave: las leyes que lo respaldan, qué puede hacer cada equipo, quiénes lo integran, el objetivo principal, las metas estratégicas, las actividades que harán, los resultados que esperan, las fechas para cada tarea y cómo van a medir si lo están logrando.
Texto oficial
Artículo 31. Los Consejos de las Alcaldías deberán presentar anualmente su programa de trabajo en la Primera Sesión Ordinaria, donde deberán establecer: I. Marco Jurídico; II. Atribuciones de cada Comisión y Comité; III. Integrantes; IV. Objetivo General; V. Objetivos Estratégicos; VI. Actividades; VII. Metas; VIII. Cronograma; y IX. Indicadores de desempeño.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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