Artículo 50 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que sean de mediano o alto riesgo, los edificios de uso público y otros lugares que por ley tengan que tener un plan de protección civil, deben contratar un seguro que dure máximo un año. Ese seguro sirve para pagar los daños que pueda sufrir una persona o sus cosas si ocurre un accidente por culpa del negocio o edificio. Si no tienen ese seguro, les pueden aplicar una multa, como lo dice el artículo 229 de la misma ley. En pocas palabras, es como obligar a estos lugares a tener un respaldo económico por si algo sale mal.
Texto oficial
Artículo 50. La póliza de seguro con la que deberán contar las empresas de mediano o alto riesgo así como los inmuebles destinados al servicio público y los demás que estén obligados por la Ley, a contar con un Programa Interno, tendrá una vigencia no mayor a un año, y cubrirá la indemnización a los terceros en sus bienes y personas. La falta de existencia de ésta será motivo de sanción de acuerdo al artículo 229 de la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.