Artículo 84 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) va a hacer actividades y puede firmar acuerdos para que el Sistema de Alertamiento (que avisa de peligros o emergencias) se conozca por más medios, como redes sociales, radio, televisión o letreros. Esto es para que más personas sepan cómo funciona ese sistema y estén prevenidas.
Texto oficial
Artículo 84. La Secretaría realizará acciones y podrá celebrar convenios para difundir por más canales el Sistema de Alertamiento. TÍTULO SEXTO DE LOS ESTUDIOS DE RIESGO, DICTÁMENES Y OPINIONES TÉCNICAS DE RIESGO CAPÍTULO I ANUNCIOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR
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