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Artículo 88 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Eso quiere decir que el área encargada de la ciudad (la Secretaría de Desarrollo Urbano) debe entregarle a otra dependencia la lista completa de todos los anuncios publicitarios que hay, junto con su ubicación exacta en un mapa. Esa información se va a meter al Atlas de Riesgos, que es como un mapa oficial que muestra los peligros o zonas riesgosas de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 88. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México enviará el padrón de anuncios publicitarios a la Secretaría, debidamente georreferenciado para su integración al Atlas de Riesgos. CAPÍTULO II ARBOLADO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

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