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Artículo 14 del REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Comité tiene que tomar una decisión, todos los miembros votan y gana la opción que tenga más votos. Si hay empate, la persona que preside el Comité tiene un voto extra para romper ese empate y definir el resultado.

Texto oficial

Artículo 14.- Las resoluciones que tome el Comité se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate la persona titular de la Presidencia tendrá voto de calidad. CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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