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Artículo 129 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. Lo que ves entre paréntesis, "Se deroga", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, ya no hay ninguna regla que seguir aquí. La sección que sigue, "Del Trámite y Resolución de los Recursos", se refiere al proceso para resolver quejas o apelaciones, pero este artículo en concreto ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 129. (Se deroga). Sección Tercera Del Trámite y Resolución de los Recursos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 197) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.