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Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
16-B

Artículo 16-B del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que pides un préstamo o firmas un contrato de arrendamiento financiero. Si el monto que debes se ajusta con el tiempo usando las "unidades de inversión" (una medida mexicana que cambia según la inflación) o cualquier otro método similar, ese ajuste cuenta como parte de los intereses. Esto significa que lo que aumenta tu deuda por esos cambios no es solo el puro préstamo, sino que se considera un costo extra que pagas. En otras palabras, si tu crédito sube porque se actualiza con la inflación, ese aumento se trata igual que los intereses que ya acordaste.

Texto oficial

Artículo 16-B.- Se considera como parte del interés el ajuste que a través de la denominación en unidades de inversión, mediante la aplicación de índices o factores, o de cualquier otra forma, se haga de los créditos, deudas, operaciones así como del importe de los pagos de los contratos de arrendamiento financiero.

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.