Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 8 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando hablamos de impuestos, la palabra "México" se refiere a todo el territorio que reconoce la Constitución Mexicana. Eso incluye el suelo, el subsuelo, las aguas, el espacio aéreo y también la zona económica exclusiva, que es el mar que está más allá de las 12 millas náuticas de la costa. Básicamente, para pagar impuestos, todo lo que está dentro de esos límites se considera parte del país.

Texto oficial

Artículo 8o.- Para los efectos fiscales se entenderá por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos integra el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.